Restricciones a Corridas: Consejo de Estado estudiará si las anula

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Últimas restricciones a las corridas de toros en Colombia: Consejo de Estado estudiará si las anula

Redacción: Santiago Zapata Zapata

El Consejo de Estado admitió una demanda que busca anular las nuevas restricciones impuestas a las corridas de toros durante el periodo previo a su prohibición definitiva. Los taurinos sostienen que el Gobierno se extralimitó al prohibir elementos como puyas y banderillas y el sacrificio del toro.

Manizales es una de las ciudades que permanece atenta a las decisiones judiciales sobre el Decreto 0703 del 2026, que reglamenta la actividad taurina antes de su prohibición definitiva.

El Consejo de Estado admitió para estudio una demanda de nulidad contra el Decreto 0703 del 2026, con el que el Gobierno nacional reglamentó las corridas de toros durante el periodo de transición previo a su prohibición definitiva en Colombia.

La decisión abre una nueva etapa en la disputa jurídica entre el sector taurino y el Gobierno alrededor de las condiciones en las que pueden desarrollarse estos espectáculos hasta que entre en vigencia la prohibición establecida en la Ley 2385 del 2024, conocida como No Más Olé.

El recurso fue promovido por el abogado Felipe Negret, en representación de gremios taurinos. Los demandantes sostienen que el Ejecutivo se extralimitó en su facultad reglamentaria y estableció restricciones que, a su juicio, van más allá de lo aprobado por el Congreso.

La admisión de la demanda no significa que el Consejo de Estado haya declarado ilegal el decreto ni que les haya dado la razón a los demandantes. Implica que el alto tribunal estudiará los argumentos presentados y determinará si la reglamentación se ajusta a la ley.

La discusión tiene especial interés en Manizales, donde el sector taurino había anunciado desde agosto acciones jurídicas contra la reglamentación y mantiene la expectativa sobre las condiciones bajo las cuales podrán efectuarse los festejos pendientes antes de la prohibición nacional.

Las restricciones cuestionadas

El Decreto 0703 del 2026 modificó las condiciones para realizar espectáculos taurinos durante el periodo de transición.

Entre las disposiciones está la prohibición del uso de puyas, banderillas, espadas y otros elementos cortopunzantes o eléctricos destinados a causar heridas al animal. También establece que el toro no puede ser sacrificado dentro de la plaza.

La reglamentación prohíbe además que los menores de 18 años asistan como espectadores o participen como novilleros, rejoneadores o matadores.

Las entidades públicas tampoco pueden destinar recursos para financiar estos eventos. La publicidad relacionada con la actividad debe advertir que se trata de una actividad de explotación animal e incluir mensajes relacionados con el bienestar y la protección de los animales.

LA PATRIA informó en julio que representantes del sector taurino expresaron su desacuerdo con varias de estas disposiciones. En contraste, representantes animalistas respaldaron las restricciones como parte del proceso hacia el fin de las corridas.

Alegan extralimitación del Gobierno

Uno de los argumentos centrales de la demanda es que el Gobierno habría excedido su facultad de reglamentar la Ley 2385 del 2024.

Los demandantes sostienen que el Congreso permitió un periodo de transición antes de la prohibición definitiva y que el decreto cambió durante ese plazo elementos técnicos propios de la corrida tradicional.

En particular, cuestionan la eliminación inmediata de la puya, las banderillas y el sacrificio del toro en el ruedo. Para el sector taurino, retirar estos componentes modifica la estructura de la lidia y genera, en la práctica, un espectáculo diferente al previsto en la normativa que permanecía vigente.

Ese planteamiento ya había sido expuesto a LA PATRIA. En agosto, integrantes del gremio señalaron que su objetivo jurídico era conseguir la nulidad de toda la reglamentación y que las corridas pudieran efectuarse conforme al Reglamento Nacional Taurino establecido en la Ley 916 del 2004, durante el tiempo en que continúe vigente.

Será el Consejo de Estado el encargado de determinar si el Ejecutivo se mantuvo dentro de su potestad reglamentaria o si, como sostiene la demanda, introdujo modificaciones que correspondían al legislador.

Trabajo y actividad económica, otro argumento

La demanda también plantea una posible afectación de los derechos al trabajo, la libre empresa y el mínimo vital de las personas que dependen económicamente de la actividad taurina.

Los demandantes alegan además una vulneración del principio de confianza legítima y del debido proceso.

Otro punto está relacionado con la reconversión laboral y económica prevista para quienes trabajan alrededor de estos espectáculos. De acuerdo con el recurso, la Ley 2385 ordenó establecer espacios de trabajo y concertación para desarrollar ese proceso.

Según los demandantes, el Ministerio de las Culturas expidió la reglamentación sin cumplir de la manera prevista con esas instancias de concertación. Esta afirmación también será materia de análisis dentro del proceso.

También piden suspender el decreto

La demanda viene acompañada de una solicitud de suspensión provisional de urgencia.

Esta es una medida cautelar con la que los representantes del sector pretenden que los efectos del Decreto 0703 queden temporalmente suspendidos mientras el Consejo de Estado toma una decisión de fondo.

El propósito del gremio es que los festejos previstos para finales del 2026 y comienzos del 2027 puedan desarrollarse bajo las condiciones normativas anteriores.

La admisión de la demanda y una eventual suspensión provisional son decisiones diferentes. El decreto mantiene sus efectos mientras no exista una decisión judicial que ordene suspenderlo o anularlo.

El factor tiempo ya era una de las preocupaciones expresadas por el sector. LA PATRIA publicó en agosto que sus representantes reconocían que los procesos ante las altas cortes pueden prolongarse durante meses o años, mientras el calendario de las últimas temporadas taurinas avanza hacia julio del 2027.

Manizales sigue pendiente

El proceso tiene una repercusión directa en Manizales debido a la tradición taurina de la ciudad y a los festejos que se realizan en la Plaza de Toros.

Cormanizales, entidad organizadora de la actividad taurina local, informó previamente que el gremio adelantaba acciones legales para buscar la nulidad del decreto.

Su director ejecutivo, Juan Carlos Gómez Muñoz, manifestó entonces a LA PATRIA que el objetivo era que las corridas pudieran realizarse como lo establece la Ley 916 del 2004 mientras esta continúe vigente.

El debate también alcanza a trabajadores, empresarios, aficionados, ganaderos y escuelas taurinas. En julio, Emerson Pineda, torero profesional y director de una escuela taurina de Manizales, manifestó preocupación por las restricciones relacionadas con los menores de edad y por sus consecuencias económicas y formativas.

Desde la otra orilla, sectores animalistas de Manizales han respaldado la reglamentación. El concejal Jhon Hemayr Yepes destacó en julio medidas como impedir el ingreso de menores y prohibir la financiación de estos espectáculos con recursos públicos.

La prohibición sigue vigente

La disputa ante el Consejo de Estado se concentra en el decreto que reglamenta la transición y no, según la información disponible sobre esta demanda, en eliminar la prohibición definitiva establecida por la Ley 2385 del 2024.

El calendario previsto por esa norma mantiene el 22 de julio del 2027 como fecha para el cese de las corridas de toros en Colombia.

El proceso judicial determinará ahora si las condiciones establecidas por el Gobierno para llegar hasta esa fecha respetan los límites de la ley aprobada por el Congreso.

Mientras se produce esa decisión, también queda pendiente el pronunciamiento sobre la solicitud de suspensión provisional. Este punto resulta determinante para el sector debido a que quedan pocos meses antes de que termine el periodo de transición.

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