
Corridas de toros en Colombia: demandas buscan tumbar decreto que impone nuevas restricciones
El gremio taurino colombiano ha interpuesto demandas que buscan anular el reciente decreto del Gobierno nacional que cambió las condiciones y la estructura de las corridas durante la transición hasta su prohibición total, en julio del 2027.
El sector taurino colombiano emprendió una ofensiva jurídica contra el decreto expedido por el Gobierno Petro en julio pasado, que modificó las condiciones bajo las cuales podrán realizarse las corridas de toros durante el último año antes de su prohibición definitiva, el 22 de julio del 2027.
Las demandas, promovidas por empresarios, ganaderos, aficionados y otros integrantes de la actividad, buscan que el Consejo de Estado declare la nulidad del decreto al considerar que excede lo establecido en la Ley 2385 del 2024, conocida como No Más Olé.
Mientras avanzan esos procesos, representantes del gremio también iniciaron acercamientos con el nuevo presidente, Abelardo de la Espriella, con la expectativa de que su Gobierno expida un nuevo decreto que deje sin efectos la reglamentación actual y permita que las corridas se desarrollen bajo lo previsto en la Ley 916 del 2004, que estableció el Reglamento Nacional Taurino en Colombia.
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Anular toda la reglamentación
Juan Carlos Gómez Muñoz, director ejecutivo de Cormanizales, organizadora de la fiesta brava en Manizales, aseguró que la estrategia apunta a eliminar completamente el decreto.
«Las acciones jurídicas que se han tomado son demandas contra el decreto. Lo que se busca claramente es que las corridas se puedan celebrar como está establecido en la Ley 916, que está vigente hasta ahora. Se busca anular todo el decreto», le afirmó a LA PATRIA.
Añadió que estas actuaciones no corresponden únicamente a Cormanizales, sino a un esfuerzo conjunto del sector: «Son acciones tomadas por todo el gremio taurino, aunque también hay gente independiente que toma acciones a título personal«, indicó.
«Cormanizales continuará ejerciendo todas las acciones legales pertinentes para garantizar la continuidad de la actividad taurina como patrimonio cultural y tradición de nuestra ciudad, así como el derecho y libertad a escoger trabajo u oficio y garantizar la permanencia del toro de lidia como raza y guardián ecológico», manifestó Gómez.
El decreto también incluyó prohibiciones para el público: los menores de edad no podrán ser espectadores de la faena taurina.
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El tiempo, una incertidumbre
Aunque el gremio confía en obtener una decisión favorable antes de los principales festejos taurinos del país, reconoce que el calendario judicial genera incertidumbre.
El abogado y extorero Guillermo Díaz Piedrahíta, conocido en el mundo taurino como Perla Ruiz, considera que la principal dificultad no está necesariamente en los argumentos jurídicos, sino en la velocidad con la que actúe la justicia.
«Las discusiones jurídicas las ganan por lo general los que mejor carga argumentativa tengan. Pero aquí el inconveniente que veo es algo muy valioso en todos los aspectos de la vida y es el tiempo«, afirmó.
Explicó que las decisiones de las altas cortes suelen tardar meses e incluso años, mientras los festejos taurinos pendientes están próximos a realizarse: «No sé si las decisiones que se tomen frente al decreto se profieran oportunamente».
«Es posible que las demandas que han interpuesto los taurinos logren un resultado positivo, pero soy pesimista por el tema del tiempo. Espero equivocarme», agregó.
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Los argumentos de la demanda
El sector taurino sostiene que el Gobierno nacional se extralimitó en su facultad reglamentaria al expedir el decreto.
Entre los principales argumentos figura que la reglamentación modifica el alcance de la Ley No más Olé al introducir restricciones que, según los demandantes, equivalen a una prohibición anticipada de varios elementos propios de la lidia.
También alegan que el decreto afecta contratos previamente celebrados, vulnera la libertad de empresa y el derecho al trabajo de quienes dependen económicamente de la actividad.
Otro de los cuestionamientos se refiere a la naturaleza misma del espectáculo. Los demandantes sostienen que eliminar el uso de puyas, banderillas y espadas transforma la corrida hasta hacerla técnicamente inviable y distinta de la contemplada por la legislación vigente.
Entretanto, la programación taurina inmediata de la capital de Caldas (Toros y Ciudad en octubre y Temporada Taurina en enero) aún no está definida. Sin embargo, Cormanizales asegura que mantiene adelantadas varias gestiones y que ya existen aficionados que adquirieron sus abonos, como ocurre tradicionalmente antes de la Feria.
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¿Quién puede tumbar un decreto?
- El Consejo de Estado: es la autoridad competente para estudiar la legalidad de los decretos administrativos del Gobierno nacional. Cualquier ciudadano puede presentar una demanda de nulidad o solicitar una suspensión provisional, siempre que demuestre una posible violación de la Constitución o la ley. Estos procesos suelen tardar meses o años.
- El presidente de la República: el propio Gobierno puede modificar o derogar un decreto expedido por la Presidencia. Es la vía más rápida, aunque depende exclusivamente de la decisión política del mandatario de turno.
Últimas restricciones para las corridas
- Está prohibido matar al toro dentro de la plaza.
- No pueden utilizarse espadas, puyas, banderillas ni otros elementos cortopunzantes o eléctricos destinados a causar heridas.
- Los menores de 18 años no pueden asistir como espectadores ni participar como novilleros, rejoneadores o matadores.
- Las entidades públicas no pueden destinar recursos para financiar eventos taurinos.
- Toda la publicidad debe advertir que la tauromaquia es una actividad de explotación animal e incluir mensajes sobre bienestar animal.





















